La ministra portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, ha desvirtuado este martes el último dictamen de la Audiencia Provincial de Madrid sobre la Caso Begoña Gómez. En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el representante del Ejecutivo aseguró que el tribunal consideró que las investigaciones impulsadas por el juez Juan Carlos Peinado contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, constituyen «una investigación prospectiva». » . Sin embargo, la resolución del Tribunal descartó precisamente ese punto.
Preguntada por los periodistas, Alegría expresó por primera vez la opinión del Gobierno sobre la sentencia dictada este lunes por la audiencia provincial, que rechazó archivar la instrucción de Peinado -aunque la limitó al dejar fuera la parte relativa al rescate de Air Europa-. . “La Corte indica que existe una investigación prospectiva, genérica e imprecisa. Y le desagrada (al juez) que así sea”, afirmó el ministro portavoz. Pero la audiencia provincial no dijo eso.
Según la resolución, los magistrados descartaron explícitamente esa posibilidad, que fue alegada por el abogado de la esposa de Sánchez, acusada de corrupción empresarial y tráfico de influencias. En su sentencia, la Corte explica que un caso “prospectivo” es aquella “investigación que se inicia de manera indeterminada en busca de posibles conductas delictivas sin un mínimo de concreción y sospechas fundadas”. Pero luego añade, en referencia a la Caso Begoña Gómezlo cual no puede considerarse como tal aquella instrucción que, “a partir de conductas racionalmente sospechosas (ejercicio de influencia o promesa de ejercicio para condicionar la toma de decisiones públicas a cambio de ventajas indebidas), inicia una amplia investigación que permita conocer en detalle todas aquellas circunstancias que puedan influir y determinar su calificación”.
De hecho, los jueces destacan que una instrucción judicial es un “objeto vivo, moldeable de decantación sucesiva, al punto de que no se determina en sus términos concretos hasta el momento de hacer firmes las conclusiones en el acto del juicio”. .” oral una vez realizada la totalidad de la prueba admitida.” Es más, el tribunal considera que hay “indicios” para continuar con el caso. Si lo hubieran considerado prospectivo habrían tenido que anularlo, como pidió la defensa de Gómez, llevada a cabo por el ex ministro socialista Antonio Camacho.
La Audiencia Provincial sí reprocha al juez una frase recogida en uno de sus autos, que decía que investigó «todos los actos, conductas y comportamientos que ha llevado a cabo la investigada desde que su marido es presidente del Gobierno, los cuales están contenidos en la denuncia inicial”. El tribunal critica esas palabras concretas del juez, cuya “redacción” califica de “genérica” e “imprecisa”; pero sólo en referencia a esa frase, y no a toda la instrucción, como dijo este martes Pilar Alegría.
En la rueda de prensa, la ministra portavoz también ha apuntado que el Tribunal ha «limitado al máximo» el «ámbito de actuación» de la investigación judicial. Sin embargo, el tribunal podría haber restringido mucho más la investigación, como solicita la Fiscalía. Y, a su vez, Alegría ha vaticinado que, «con esta resolución, parece claro que se acerca el archivo del caso». En este sentido, el fallo de la audiencia provincial alertaba de que las investigaciones de Peinado se encuentran «en una fase muy inicial».