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Las empresas de más de 50 empleados deberán implementar medidas y un protocolo antiacoso para personas LGTBI

Las empresas de más de 50 empleados deberán implementar medidas y un protocolo antiacoso para personas LGTBI

Este martes, el Gobierno aprobó un real decreto con medidas de obligado cumplimiento para la igualdad de las personas LGTBI que deberán implementar las empresas de más de 50 trabajadores. Entre ellos se incluye un protocolo contra el acoso y la violencia con prácticas preventivas y mecanismos de detección y actuación. La norma llevará así al BOE el último acuerdo tripartito que cerró la vicepresidenta Yolanda Díaz con sindicatos y patronal.

“Somos un país a la vanguardia de los derechos LGTBI. No sólo en Europa, sino en el mundo”, subrayó la vicepresidenta Yolanda Díaz en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. La responsable de Trabajo ha recordado, no obstante, que aún quedan pendientes deberes y discriminaciones en el ámbito laboral, contra los que va dirigida esta normativa, que deriva del cumplimiento de la denominada Ley Trans, «para la igualdad real y efectiva de las personas». trans y por la garantía de los derechos de las personas LGTBI”.

Las medidas antidiscriminatorias se aplicarán a toda la plantilla de estas empresas de más de 50 empleados. También a los trabajadores adscritos por ETT (empresas de trabajo temporal) durante la prestación de sus servicios.

El protocolo antiacoso también se aplicará “a quienes soliciten empleo, al personal de aprovisionamiento, proveedores, clientes y visitantes”, explica el Ministerio de Trabajo.

Protocolo antiacoso

Entre las medidas obligatorias, las empresas deberán incluir un protocolo contra el acoso y la violencia específico hacia las personas LGTBI donde se identifiquen prácticas preventivas y mecanismos de detección y actuación frente al mismo.

Trabajo acordó con los sindicatos y empresarios algunos mínimos que debe contener este protocolo, entre los que se encuentran determinar un procedimiento expreso para la presentación de quejas o quejas, “así como el plazo máximo para su resolución”; la “confidencialidad” de las personas involucradas en el proceso; y “protección suficiente de la víctima frente a posibles represalias, cuidando su seguridad y salud, teniendo en cuenta las posibles consecuencias, tanto físicas como psicológicas”, entre otras.

También debe preverse la existencia de “medidas cautelares o preventivas que separen a la víctima del acosador mientras se desarrolla el procedimiento de actuación hasta su resolución”.

La comisión encargada del protocolo antiacoso «deberá emitir un informe vinculante en los días hábiles acordados, incoando un expediente disciplinario o interponiendo la denuncia», indican en Trabajo.

Otras medidas para la igualdad

Aunque las empresas serán libres de determinar sus propias medidas para garantizar la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI, el reglamento establece unos mínimos.

Entre ellos, destacan la formación de las personas implicadas en los procesos de acceso al empleo, quienes seleccionan al personal, «estableciendo criterios claros para garantizar procesos adecuados».

Los permisos y prestaciones sociales de las empresas deben “atender la realidad de las familias, cónyuges y parejas de hecho LGTBI diversas, garantizando el acceso a permisos, prestaciones sociales y derechos sin discriminación alguna”.

En concreto, se garantizarán los permisos contemplados para acudir a consultas médicas o trámites legales, “con especial atención a las personas trans”, señalan en Trabajo.

Si existe un régimen disciplinario, este debe incluir “infracciones y sanciones por conductas que atenten contra la libertad sexual, la orientación e identidad sexual y la expresión de género de los trabajadores”.

Hasta tres meses para negociar

El reglamento aprobado otorga un período transitorio a las empresas para negociar e implementar las medidas. En los casos en que las empresas cuenten con convenios colectivos o representación legal de los trabajadores, tendrán tres meses para establecer la mesa de negociación, mientras que las que no los tengan tendrán más tiempo: seis meses.

En cualquier caso, el Gobierno da tres meses una vez comience la negociación para aplicar, al menos, el contenido mínimo de la norma. Las empresas siempre podrán ampliar y mejorar sus protocolos y medidas para la igualdad, recuerda el Ministerio de Trabajo.

La Inspección de Trabajo vigilará el cumplimiento del decreto y “que las medidas acordadas se adapten a las exigencias legales y reglamentarias”, añaden en Trabajo.

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